Aprobada la ley concursal para salvar a empresas insolventes pero viables
- El Gobierno limita a 2.000 euros la quita pública a autónomos y empresarios en quiebra
- CAMBIOS/ Los planes de reestructuración preventivos, incluido un sistema de alertas tempranas; la exoneración de deudas en la segunda oportunidad y un procedimiento específico para micropymes son los grandes ejes de la nueva norma.
J. Díaz. Madrid
El Consejo de Ministros dio ayer luz verde al proyecto de reforma de la Ley Concursal con el que el Gobierno busca agilizar y facilitar los procesos de reestructuración y evitar que el impacto del Covid se traduzca en una ola de quiebras. Se trata de dar un “balón de oxígeno a las empresas viables”, defendió ayer la ministra de Justicia, Pilar Llop, quien añadió que el objetivo de la nueva norma es que “ninguna empresa viable tenga que bajar la persiana por tener dificultades económicas puntuales”.
Se da así el pistoletazo de salida al inicio del trámite parlamentario de la nueva ley, que el Ejecutivo quiere aprobar en los próximos meses para su entrada en vigor antes de finales de junio del año que viene y que no solo transpone la Directiva europea sobre insolvencias, sino que acomete una profunda reforma del sistema concursal español. El objetivo es que las compañías cuenten con herramientas legales para afrontar sus problemas de forma preventiva; esto es, antes de que sea demasiado tarde, algo que la normativa actual no propicia.
Grandes ejes
Así, los grandes ejes de la reforma aprobada ayer, que retornó al Consejo de Ministros en segunda vuelta tras el trámite de audiencia pública realizado en verano y de recibir los informes preceptivos del Poder Judicial y del Consejo de Estado, son los planes de reestructuración, que sustituyen a los actuales acuerdos de refinanciación y que buscan incentivar una reestructuración más temprana, incluyendo un sistema de alertas sobre el riesgo de insolvencia de las compañías con el que se busca detectar señales de dificultades y actuar de forma preventiva.
En segundo lugar, se establece un procedimiento de insolvencia único para las micropymes (menos de diez trabajadores), sin la obligatoriedad de contar con un administrador concursal y que, según el Ejecutivo, será “más rápido, digitalizado y con un coste muy reducido”, lo que, a su juicio, incrementará las posibilidades de supervivencia de las empresas viables. Para las que no lo son, su destino será “una liquidación ordenada, pero rápida, a través de una plataforma online”.
A ello se suma el retoque en profundidad del procedimiento de segunda oportunidad, que contempla la exoneración de deudas del empresario sin liquidación previa de su patrimonio. De hecho, podrá conservar parte de su patrimonio personal, como la vivienda habitual, siempre que los acreedores acepten una quita de la deuda y el deudor acepte acogerse a un plan de pagos para saldar el resto.
En este sentido, la norma recoge por primera vez la participación del Estado en ese proceso de condonación, aunque de manera testimonial. La nueva ley contempla una quita de hasta 1.000 euros en las deudas con Hacienda y en otros 1.000 euros en las contraídas con la Seguridad Social; esto es, un total de 2.000 euros que solo se aplicarían en procedimientos de segunda oportunidad, afectando a empresarios particulares y personas físicas, no a personas jurídicas. Una cuantía que los expertos consideran irrelevante. Para Pere Vilella, socio de FTI & Partners, este anuncio “muestra tener poca consideración al deudor de buena fe que ha intentado salvar su compañía”, mientras que Javier Díaz-Galvez, socio de Abencys Reestructuraciones, ve la medida “claramente insuficiente” y añade que “el crédito público debería haber hecho un esfuerzo mayor”. De hecho, Hacienda y la Seguridad Social seguirán manteniendo el grueso de sus privilegios. Acabar con la prevalencia del crédito público ha sido uno de los grandes caballos de batalla de los sectores y colectivos profesionales más concernidos por la reforma, aunque con escaso éxito. Los expertos alertan de que la sobreprotección del crédito público dificulta la segunda oportunidad y la consecución de los convenios de acreedores, poniendo en riesgo que miles de empresas y empresarios particulares logren alcanzar soluciones de viabilidad. Además, se aleja de la Directiva europea, que establece que “se deben adoptar medidas para reducir los efectos negativos del sobreendeudamiento o la insolvencia sobre los empresarios, permitiendo, en particular, la plena exoneración de deudas”.
La otra gran manzana de la discordia es la dilución de la figura del administrador concursal, que ya no será indispensable en los concursos de autónomos y micropymes, para los que se crea un procedimiento específico con el argumento de primar la agilidad en los procesos. A falta de conocer la letra pequeña del proyecto, esto puede afectar a un porcentaje muy elevado de concursos, denuncia la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac), que advierte del riesgo de un mayor colapso aún de los juzgados.
Una crítica a la que se suma Abencys, que alerta de que prescindir de la figura del experto concursal “supondrá más carga de trabajo sobre los ya sobrecargados juzgados mercantiles”, además de suponer un “gran riesgo para la seguridad jurídica de los acreedores”. Para esta firma, “el proyecto presentado, tal y como está planteado, no va a cumplir los objetivos expuestos en la Directiva”, y advierte de que “en vez de mejorar el proceso concursal a nivel nacional, se le pone en riesgo y, en consecuencia, puede empeorar la efectividad del proceso”.