Así ha regulado el Gobierno los ERTE hasta el 30 de septiembre

Así ha regulado el Gobierno los ERTE hasta el 30 de septiembre

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Expansión

  • quinta prórroga de protección de empresas y trabajadores/ Hoy entran en vigor exoneraciones de hasta el 95% en las cotizaciones empresariales para incentivar la recuperación del empleo.

M.Valverde. Madrid

El Consejo de Ministros aprobó ayer, de forma extraordinaria, la quinta prórroga de los ERTE, hasta el próximo 30 de septiembre. El Real Decreto Ley, que entrará en vigor hoy, contempla generosas exoneraciones de cotizaciones sociales para las empresas, y mantiene amplios mecanismos de protección para los trabajadores. En estos momentos, hay 555.000 trabajadores protegidos en los expedientes. Las medidas, que tendrán un coste de 3.400 millones de euros a lo largo del trimestre, son las siguientes: Empresas de sectores muy protegidos. Las medidas de exoneración de cotizaciones sociales para las empresas de sectores muy afectados, y muy protegidos, por las medidas de las autoridades para luchar contra el coronavirus, son las siguientes: cuando las empresas de menos de 50 trabajadores los reincorporen a la actividad la rebaja de las cotizaciones será del 95%, entre junio y septiembre. Las sociedades que tengan una plantilla superior, tendrán unas exoneraciones de cotizaciones sociales del 85%.

En los casos en que las empresas de menos de 50 trabajadores tengan a sus empleados en ERTE, las exoneraciones serán del 85%, entre junio y agosto. En septiembre serán del 70%. Para las compañías que tengan más trabajadores, las exoneraciones serán del 75% entre junio y agosto, y del 60%, en septiembre.

Todos estos beneficios también serán para aquellas empresas relacionadas con los sectores muy afectados por las consecuencia de la pandemia y que, entre finales de abril de 2020 y finales de mayo hayan recuperado la actividad en un porcentaje inferior al 75%, y tengan un porcentaje de trabajadores cubiertos por los ERTE igual o superior al 15% de la plantilla.

Este último punto fue el que atascó las negociaciones del diálogo social. Sobre todo, entre el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, José Luis Escrivá, y la patronal CEOE. Los empresarios reclamaron mayores exoneraciones de cotizaciones sociales de las que ofrecía Escrivá para las empresas que tienen en ERTE a sus trabajadores porque, aun en verano, no tienen ningún tipo de actividad o muy poca. Por ejemplo, un hotel de Madrid o de cualquier ciudad del interior, que no tenga playa, o una línea de autobuses en estas zonas.

Medidas para las empresas con limitación de actividad por medidas sanitarias. Es decir, que trabajan de forma parcial. Las sociedades pequeñas tendrán una rebaja de cotizaciones sociales del 85% entre junio y julio, y del 75%, entre agosto y septiembre. Las empresas de más de 50 trabajadores tendrán exoneraciones del 75%, entre junio y julio, y del 65%, entre agosto y septiembre.

Empresas con todos los trabajadores parados por las medidas sanitarias. Las empresas de menos de 50 trabajadores tendrán una exoneración total de cotizaciones. Las que tengan una plantilla superior, tendrán una rebaja de cotizaciones sociales del 90%.

Prohibido despedir a trabajadores en ERTE. A cambio de las ayudas a las empresas, el Gobierno mantiene la prohibición a las empresas de despedir a los trabajadores protegidos hasta seis meses después de terminado el ERTE. Además, las compañías tampoco podrán despedir a un trabajador por enfermar por coronavirus ni por cualquier otra causa relacionada con el virus. Tampoco se consume el tiempo de los contratos temporales sorprendidos por las medidas sanitarias.

Limitaciones de sede fiscal y de reparto de dividendos a las empresas que reciban ayudas. El Real Decreto Ley sobre la prórroga de los ERTE mantiene la prohibición de acogerse a las ayudas a las empresas que tengan la sede en paraísos fiscales. Además, las compañías con exención de cotizaciones tampoco podrán repartir dividendos respecto al ejercicio en el que se acogieron al expediente.

Contador a cero en el tiempo de protección por desempleo. Los trabajadores que vayan al desempleo no consumirán tiempo de protección. Y además, percibirán el 70% de la cobertura a la que tengan derecho.

Protección para los fijos discontinuos. Se trata de garantizar la protección de los trabajadores fijos discontinuos, muy concurrentes en la temporada turística, si las empresas no los incorporan porque no pueden, a pesar de las temporada estival, y deben tener cobertura del paro.

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#LaConstrucciónEsParteDeLaSolución

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