1

La patronal de la construcción recurre en los tribunales el encargo del Ministerio para proyectar el puente de la SE-40

  • CÍES (federación en la que se integra la andaluza Asica), Ceacop y Aseci se han unido para presentar un recurso contra el encargo del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible a la empresa pública Ineco para la redacción del proyecto y que se paralice

Vuelve el debate sobre el puente de la SE-40, que une Coria del Río con Dos Hermanas y principal obstáculo para completar la ronda de circunvalación. Las patronales del sector de la ingeniería CÍES (federación en la que se integra la andaluza Asica), Ceacop y Aseci se han unido para presentar un recurso este lunes contra el encargo del Ministerio de Transporte y Movilidad Sostenible a la empresa pública Ineco para la redacción del proyecto de construcción de dicha infraestructura, según han informado en una nota de prensa. Las tres organizaciones empresariales representan a 200 compañías españolas de ingeniería y emplean a 13.500 trabajadores, han abundado.

Hay que recordar que el pasado mes de agosto, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible formalizó el encargo para redactar los proyectos constructivos del viaducto de la SE-40 que cruzará el río Guadalquivir y unirá los municipios de Dos Hermanas y Coria del Río a la empresa pública Ineco, por algo más de 11 millones de euros. El objetivo es redactar tres proyectos constructivos que permitan levantar sobre el terreno un viaducto principal de 1.800 metros de longitud, con un vano principal de 366 metros y dos de compensación de 180 metros de luz cada uno; dos viaductos de aproximación (Este y Oeste); las estructuras del enlace el Copero (cuatro viaductos y un paso inferior) y del enlace A-8058 Palmares y Coria del Río (diez viaductos), y una pasarela ciclista de 400 metros de longitud y un vano central de 40 metros que cruza la autovía, según información aportada por el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible.

Según la patronal del sector, “a pesar de haber solicitado el acceso al expediente de encargo hasta en tres ocasiones (26 de agosto, el mismo día de la publicación del encargo, el 4 de septiembre y el 8 de septiembre), la Dirección General de Carreteras ha negado dicha solicitud de forma previa a la interposición del recurso, en contra de lo que dispone la Ley de Contratos del Sector Público (LCSP)”.

 

Según han afirmado, a la espera de que el Tribunal inste al Ministerio a dar acceso al expediente, “los motivos que justifican la procedencia del recurso interpuesto residen en el incumplimiento de los requisitos legales para realizar los encargos del artículo 32 de la LCSP, concretamente cuatro: la ausencia de justificación de que el encargo, supuestamente, representa una opción más eficiente, sostenible y eficaz que la contratación pública; la falta de concurrencia de las razones de seguridad o de urgencia que, eventualmente, pudieran aconsejar emplear la técnica excepcional del encargo en lugar de la licitación Debemos recordar que la orden de estudio para resolver el paso sur de la ronda SE-40 data de julio de 1995; la infracción del límite legal del 50% de la subcontratación previsto en el artículo 32.7.b) de la LCSP, por pretender subcontratar gran parte de los servicios en un porcentaje del 60,87%, sin la debida motivación de las supuestas excepciones que permitirían subcontratar por encima del tope, y la falta de inclusión de la metodología BIM en la redacción y supervisión de los proyectos, pese a su carácter obligatorio según el Plan BIM España”.

La construcción del puente no ha estado exenta de polémica en ningún momento, ya que en un principio se planteó la opción de salvar el Guadalquivir vía túneles -las obras habrían sido suspendidas en 2012-, pero finalmente el Gobierno de Pedro Sánchez se descantó por el puente como solución.

Un problema que “viene de largo”

“El creciente y grave problema de los encargos a los Medios Propios viene de largo y, de hecho, tanto el Tribunal de Cuentas como la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) han sido muy críticos sobre la forma en que se viene aplicando los encargos como vía de escape de las normas que rigen la adjudicación de los contratos públicos y el enorme perjuicio que conlleva para la competencia efectiva en el mercado”, ha abundado el comunicado, donde se señala además que las patronales “denuncian que se les están quitando trabajos que les corresponden y que su mercado se reduce sustancialmente”.

 

También apunta a que la actividad esencial y crítica del proyecto que se encarga a Ineco -el cálculo y el diseño del puente singular- ha sido a su vez subcontratado por esta compañía pública en su totalidad, “lo que vuelve a demostrar la ineficiencia del encargo y abunda en la necesidad de una motivación reforzada del subcontrato, pues no se trata de una prestación accesoria o complementaria, sino de la prestación esencial y más importante del encargo, como es el puente”. Asimismo, recuerda que Ineco también ha subcontratado la supervisión dinámica, “lo que provoca una merma en la independencia del auditor externo que fiscalice la redacción de los proyectos. Queda patente, pues, que el sector privado de la ingeniería puede atender mucho mejor a las necesidades del Ministerio.

Por todo lo anterior, las patronales han solicitado con fecha 16 de septiembre al Tribunal Central de Recursos Contractuales que anule el anuncio y el documento de formalización del encargo de “Asistencia técnica para la redacción de los Proyectos de construcción que desarrollan la “Autovía SE-40. Tramo: enlace A-4 (Dos Hermanas) – enlace A-8058 Coria del Río” de Claves. 14-SE-5130.A – 14-SE-5130.B” que la Dirección General de Carreteras ha efectuado a INECO, y, consecuentemente, que anule los subcontratos derivados del encargo, licitados por Ineco, con título “cálculo de la estructura y diseño del viaducto principal sobre el río Guadalquivir y la supervisión dinámica extraordinaria de los proyectos de construcción que desarrollan la “Autovía SE-40. Tramo: enlace A-4 (Dos Hermanas) – enlace A-8058 (Coria del Río)”, de claves: 14-SE-5130.A y 14-SE-5130.B”.